DecretoVigente
Decreto 1730 de 1939
Por el cual se crea el Juzgado de Menores de Cali y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Juzgado De Menores De Cali, Con Jurisdicción En Los Territorios Que Corresponden Los Distritos Juridiciales De Cali Y De Buga2El Juzgado De Menores De Cali Estará Integrado Por El Personal Designado En El Artículo 12 Del Decreto 1714 De 1936, El Que Devengará Las Asignaciones Mensuales Fijadas En El Artículo 62 Del Mismo Decreto, Asignaciones Que Serán Pagadas Desde El Día 27 De Julio, Día En Que El Juzgado Comenzó A Funcionar3Las Raciones Del Reformatorio De Cali, Que Se Reconocieron Y Ordenaron Pagar Por Resolución 767, Del 28 De Julio Del Presente Año, Serán Pagadas Desde El Día 21 Del Mismo, En Que La Institución Comenzó A Funcionar4El Pago De Los Sueldos Del Personal Del Juzgado De Menores, El De Material Para El Mismo Y El De Las Raciones, Se Imputará A Los Artículos 45, 46 Y 47 Del Capítulo 12, Y Artículo 54 Del Capítulo 14, Respectivamente, Del Presupuesto Vigente
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