DecretoVigente
Decreto 2111 de 1950
por el cual se autoriza la emisión de unos documentos de crédito público interno.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorizase Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Expedir Pagarés De Crédito Interno Hasta Por La Cantidad D E Cinco Millones Novecientos Sesenta Y Un Mil Ochocientos Cincuenta Y Tres Pesos Con Treinta Y Nueve Centavos ($ 52La Amortización De Estos Pagarés Se Hará Durante Los Años De 1952, 1953, 1954 Y 1955 En La Forma Estipulada En La Cláusula Primera Del Contrato De 28 De Abril De 1950 Celebrado Entre El Gobierno Nacional Y El Fondo De Estabilización3El Gobierno Nacional Atenderá Al Servicio De Esta Deuda Con Las Uartidas Que Para El Efecto Se Incluyan En Los Presupuestos Nacionales De Los Años De 1950 Y Subsiguientes4Los Pagarés Serán Depositados En Su Totalidad En La Tesorería General De La República, Y El Fondo De Estabilización Queda Obligado A Descontarlos A La Par En La Medida Que Lo Solicite El Tesorero Para Atender Al Pago De Los Giros Que Libre El Ministerio De Minas Y Petróleos5El Producto De Este, Empréstito Se Destinara En Su Totalidad A La Construcción Del Oleoducto Desde Puerto Olava (Cantimplora) Hasta La Dorada6El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
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