DecretoVigente
Decreto 1551 de 1948
Por el cual se modifican las disposiciones reglamentarias de los servicios de inhumación para el personal del ramo de Guerra
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde La Fecha Del Presentó Decreto, Fijanse Las Siguientes Cuantías Hasta Las Cuales El Tesoro Nacional Podrá Reconocer, Con Cargo A Las Apropiaciones Correspondientes Del Presupuesto Del Ramo De Guerra, Por Concepto De Servicios De Inhumación Del Personal Que Fallezca En Las Condiciones Que A Continuación Se Expresan: 1) Personal Militar De Las Fuerzas Militares2El Pago De Las Sumas Estipuladas Anteriormente Se Efectuará Por La Contaduría Respectiva, Mediante La Comprobación De Los Gastos Efectuados3Para Los Oficiales Pensionados Y El Personal Inscrito En El Escalafón De Antiguos Militares, Regirán Las Disposiciones Contenidas En El Articulo 4º De La Ley 68 De 1922 Y El Artículo 3º De La Ley 65 De 1937, Reglamentados Por El Artículo 2º Del Decreto 1747 De 1930 Y Por El Decreto 1264 De 1938, Respectivamente4La Cuantía Por Sepelio Para Oficiales, Suboficiales Y Empleados Militares Que Fallezcan En El Exterior Y Que Se Encuentren En Servicio Activo, Será Fijada De Acuerdo Con El Cónsul Y De Conformidad Con La Jerarquía Del Extinto Y De La Tarifa Que Rija Sobre El Particular En El Respectivo País5En Los Términos Del Presente Decreto Quedan Modificados Los Marcados Con Los Número 1747 De Y 1930, 1380 Y 1580 De 1933, 846 De 1939 Y 2332 De 1946
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