DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3307 de 1955
Por el cual se hacen unas traslaciones y se abre un crédito adicional -extraordinario- en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1956 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-, y Ministerio de Fomento)
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11215Para Atender Al Servicio De Amortización, Pago De Intereses, Comisiones Y Demás Gastos De Los Bonos De La Defensa Económica Nacional (Denal), De Las Clases "c" Y "d", Del 6% Anual, Autorizados Por La Ley 45 De 1942, De Conformidad Con El Contrato De Fideicomiso Celebrado Con El Banco De La República El 21 De Diciembre De 1942 ( Diario Oficial Número 25312 De 3 De Agosto De 1943), Así: 1° Bonos De La Clase "c" $ 9072Artículo 23Artículo 33111-A4Artículo 4
03
Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel Archila MonroyEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita AEl Ministro de Obras Públicas