Micelio

Artículo 2

Decreto 3307 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones y se abre un crédito adicional -extraordinario- en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1956 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-, y Ministerio de Fomento)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación, para la vigencia fiscal de 1956, con la cantidad de treinta millones de pesos ($ 30.000.000.00) moneda corriente, que se incorpora al siguiente numeral: RENTAS DE COMPENSACION (Decreto número 2610 de 1955). Numeral 132. Impuesto de un peso ($ 1.00) por cada botella de setecientos veinte (720) gramos, o proporcionalmente por fracciones de licores destilados de producción nacional, que se dé al consumo dentro del territorio de la República (Decreto legislativo número 2956 de 1955) $ 30.000.000.00 Total $ 30.000.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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