Micelio
DecretoVigente

Decreto 3288 de 1982

por el cual se establecen programas de rehabilitación social en el orden educativo y se dictan otras disposiciones.

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1El Ministerio De Educación Nacional Ejecutará A Través De Los Organismos Educativos Oficiales Y En Coordinación Con Los Organismos Internacionales Y Nacionales Y Con Todas Las Entidades Que Puedan Ofrecerle Servicios, Los Programas Necesarios De Rehabilitación Social En El Orden Educativo De Todas Aquellas Personas Afectadas Por La Lucha Armada O Por Acciones Subversivas En Las Zonas En Donde Éstas Se Presentaron2El Ministerio De Educación Nacional, En Coordinación Con El Icfes, Establecerá Un Sistema Especial De Validación De Cursos Y Obtención De Títulos Hasta El Nivel Medio Vocacional, Que Se Aplique, No Sólo A Quienes Se Beneficien De La Amnistía Sino A Los Habitantes De Las Regiones Que Hayan Estado Afectadas Por Enfrentamiento Armado O Acciones Subversivas, Y A Quienes Por La Situación De Orden Público A Que Se Vieron Sometidos, No Pudieron Culminar Sus Estudios Y Obtener Sus Títulos3El Ministerio De Educación Nacional, Con El Apoyo De Las Entidades Administrativas, Procederá A Organizar Y Poner En Marcha En Las Zonas Afectadas En La Forma Indicada En Los Artículos Anteriores, El Proceso De Nuclearización A Través Del Programa Del Mapa Educativo, Disponiendo Para Ello Los Recursos Humanos, Técnicos Y Financieros Que Sean Necesarios De Acuerdo Con Los Estudios Realizados Para Dicho Programa4El Ministerio De Educación Nacional Y Los Organismos Educativos Oficiales, Establecerán Un Sistema De Cupos Y Becas Que Faciliten El Ingreso A Cualquier Nivel Educativo De Los Beneficiarios De La Amnistía, De Sus Cónyuges, Compañeras E Hijos Y De Los Demás Habitantes De Las Zonas Afectadas Por Enfrentamiento Armado O Acciones Subversivas5El Ministerio De Educación Nacional Llevará, A Cabo A Través Del Icce, La Construcción Y Remodelación De Los Establecimientos Educativos En Las Regiones Que Hayan Estado Afectadas Por Enfrentamiento Armado O Acciones Subversivas Y Reubicará Personal Docente Para Que Preste Sus Servicios En Esas Zonas6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Promulgación
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