Micelio

Artículo 4

El Ministerio De Educación Nacional Y Los Organismos Educativos Oficiales, Establecerán Un Sistema De Cupos Y Becas Que Faciliten El Ingreso A Cualquier Nivel Educativo De Los Beneficiarios De La Amnistía, De Sus Cónyuges, Compañeras E Hijos Y De Los Demás Habitantes De Las Zonas Afectadas Por Enfrentamiento Armado O Acciones Subversivas

Decreto 3288 de 1982 · por el cual se establecen programas de rehabilitación social en el orden educativo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministerio de Educación Nacional y los organismos educativos oficiales, establecerán un sistema de cupos y becas que faciliten el ingreso a cualquier nivel educativo de los beneficiarios de la amnistía, de sus cónyuges, compañeras e hijos y de los demás habitantes de las zonas afectadas por enfrentamiento armado o acciones subversivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3288 de 1982