DecretoVigencia En Estudio
Decreto 316 de 1983
Por el cual se fijan unos viaticos
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Viáticos Para Los Miembros De La Casa Militar De La Presidencia De La República, Por Comisiones De Servicios En El Interior Del País, Serán: Para Los Oficiales, La Suma De Dos Mil Trescientos Sesenta Pesos ($ 22Los Viáticos Por Comisiones En El Exterior, De Los Oficiales, Suboficiales Y Agentes De La Policía Y Saldados De La Casa Militar De La Presidencia De La República, Se Regirán Por Las Normas Especiales Del Ministerio De Defensa Nacional3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Decreto 235 Del 22 De Enero De 1982
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 57 de 1982
- Edgar Gutiérrez CastroEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Fernando Landazábal ReyesEl Ministro de Defensa Nacional
- Ericina Mendoza SaladénEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil