DecretoVigente
Decreto 541 de 1926
Por el cual se organiza una Brigada de Caballería de conformidad con las autorizaciones de la Ley 51 de 1925, y tomando en cuenta el plan de la Misión Técnica
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Organizase Una Brigada De Caballería Del Ejército En La Siguiente Forma: Comando De Brigada, Con Residencia En Bogotá Un General De Brigada O Coronel, Comandante; Un Mayor O Capitán Oficial De Estado Mayor; Un Capitán O Teniente De Caballería Ayudante Primero; Un Teniente O Subteniente De Caballería, Ayudante Segundo, Un Capitán, Intendente, Un Sargento Primero, Escribiente, Un Sargento Segundo, Cartero Y Dos Cabos Segundos, Asistentes2El Servicio De Instrucción Civil Será Prestado Por Los Oficiales Y Suboficiales Que Los Comandantes De Regimiento Designen Así Mismo El De Tambor Mayor O Jefe De Banda De Trompetas Por El Que Nombre El Comandante De La Unidad, Como Una Distinción
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