DecretoDerogado
Decreto 3186 de 1968
Por el cual se clasifica el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Secretario General Del Ministerio De Defensa Nacional Quedará Clasificado Como Secretario General Iii, Categoría 28, De Conformidad Con El Decreto Número 2285 De 19682Cuando El Cargo De Secretario General Del Ministerio De Defensa Nacional Sea Desempeñado Por Un Oficial En Servicio Activo, Sus Haberes Se Liquidarán Y Pagarán En La Siguiente Forma: A) Las Primas Que Como Militar Le Correspondan, Y B) El Sueldo En Cuantía Que Sumado Con Las Primas Anteriores, Iguale En Todo Tiempo A La Asignación De Un Secretario General De Ministerio3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Carlos Lleras RestrepoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por la Ley 65 de 1967 y en desarrollo del Decreto número 2285 de 1968
- General Gerardo Ayerbe ChauxEl Ministro de Defensa Nacional
- Delina Guarín De VizcayaEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil