DecretoVigente
Decreto 1379 de 1924
Por el cual se aprueba el número 28, dictado por la Gobernación de Caldas
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 17, De 25 De Febrero Del Corriente Año, Dictado Por Este Despacho Sobre Gastos De Material De Las Oficinas Del Poder Judicial Y Del Ministerio Público En El Departamento2Distribuyese Entre Las Oficinas Del Poder Judicial Y Del Ministerio Público En El Departamento, Y De Que Trata El Presente Decreto, La Suma De Tres Mil Quinientos Pesos ($ 3,500), Que Le Corresponden Para Gastos De Material, De Conformidad Con El Decreto Número 187, De 14 De Febrero Del Presente Año, En La Forma Siguiente: Tribunal Superior, Hasta $ 40-16 Mensuales $ 481 92 Dos Fiscalías Del Tribunal, Hasta $ 4 Mensuales Cada Una 96 Juzgados 1º Y 2º Superior, Hasta $ 5 Mensuales Cada Uno 120 Dos Fiscalías De Los Juzgados, Hasta $ 3 Cada Una 72 Juzgados 1º Y 2º En Lo Civil De Manizales, Hasta $ 3 Cada Uno 72 Juzgados 3º Y 4º En Lo Criminal De Manizales, Hasta $ 50 Cada Uno 120 Un Juzgado Del Circuito De Aguadas, Hasta $ 4 Mensuales 48 Un Juzgado En Lo Criminal De Salamina, Hasta $ 40 Mensuales 48 Un Juzgado En Lo Civil De Salamina, Hasta $ 1-50 Mensuales 18 Juzgado Del Circuito De Anserma, Hasta $ 4 Mensuales 48 Pasan $ 1,123 92 Vienen $ 1,123 92 Dos Juzgados Del Circuito De Armenia, Hasta $ 4 Mensuales 96 Juzgado Del Circuito De Manzana, Hasta $ 3 Mensuales 36 Juzgado Del Circuito De Santa Rosa, Hasta $ 4 Mensuales 48 Juzgado Del Circuito De Pensilvania Hasta $ 3 Mensuales 36 Juzgado Del Circuito De Santuario, Hasta $ 4 Mensuales 48 Dos Juzgados Del Circuito De Ríosucio, Hasta $ 4 Mensuales Cada Uno 96 Juzgado Del Circuito De Calarcá, A $ 4 Mensuales 48 Dos Juzgados Del Circuito De Pereira, Hasta $ 4 Mensuales Cada Uno 96 Sobran 8 Suman $ 1,628 Para Arrendamiento De Locales, Se Distribuye La Cantidad De Mil Ochocientos Setenta Y Dos Pesos ( $1,872), Que Se Descompone Así: Juzgado 2º Superior, Hasta $ 40 Mensuales $ 480 Fiscalía 2º Del Tribunal Hasta $ 10 Mensuales 120 Juzgado 4º Del Circuito De Manizales, Hasta $ 10 Mensuales 120 Dos Fiscalías De Los Juzgados Superiores, Hasta $ 7 Mensuales Cada Una2Los Contratos Referentes A Los Gastos De Que Trata Este Decreto Y Los Pagos De Las Sumas A Que Dichos Gastos Dan Lugar, Se Harán De Conformidad Con El Decreto Número 187, De 14 De Febrero Del Corriente Año3La Suma Que Se Distribuye En El Presente Decreto, Comprende La Vigencia Del Presente Año Fiscal4Los Gastos A Que Este Decreto Se Refiere, Se Cubrirán Así: Los Correspondientes A Útiles De Escritorio, Por Mensualidades Anticipadas, Y Los Correspondientes A Arrendamientos De Locales, Por Mensualidades Vencidas
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