DecretoVigente
Decreto 3242 de 1949
Por el cual se autoriza la emisión de unos documentos de crédito público interno
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Compañía Nacional De Navegación Deberá Continuar Manteniendo Los Servicios De Navegación En Los Ríos Orteguaza2Para Respaldar Los Compromisos Que La Compañía Asume En Virtud De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, El Gobierno Nacional Entregará A La Compañía, Por Lo Que Al Presente Año Corresponde, La Suma De Trescientos Mil Pesos ($ 3003Para Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Autorízase Al Ministro De4De Las Utilidades Que Liquide La Compañía Nacional De Navegación En Sus Ejercicios Anuales, A Partir Del 31 De Diciembre De 1950, Deberá Destinar Una Suma No Inferior Al 25% De Aquellos Con El Objeto De Reembolsar Al Gobierno Las Cantidades Que Éste Hubiere Cubierto Por Razón De Los Pagarés A Que Se Refiere El Presente Decreto5El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
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