DecretoDerogado
Decreto 2092 de 1985
por el cual se determina los teatros de operaciones y se nombran unos comandantes.
14artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Para Efectos De Preparación Y Conducción De Las Operaciones Militares, El País Se Divide En Cinco (5) Teatros De Operaciones Terrestres, Dos (2) Teatros De Operaciones Navales Y Un (1) Teatro De Operaciones Aéreo2º La Designación De Los Teatros De Operaciones Es La Siguiente: Teatro De Operaciones Noreste, Tone3º El Teatro De Operaciones Noreste Comprende: Los Departamentos De La Guajira, Cesar Y Norte De Santander4º El Teatro De Operaciones Del Sureste Comprende: Las Comisarías De Guainía, Vaupés Y Amazonas5º El Teatro De Operaciones Del Sur Comprende: La Comisaría Especial De Amazonas Y La Zona Oriental De La Comisaría Del Putumayo A Partir De La Línea Recta Determinada Por La Base Aérea De Tres Esquinas Y El Límite Internacional Entre Colombia, Perú Y Ecuador En El Sitio De Guepí6º El Teatro De Operaciones Del Suroeste Comprende: El Departamento De Nariño Y El Sector Occidental De La Intendencia Del Putumayo A Partir De La Línea Tres Esquinas - Guepí7º El Teatro De Operaciones Del Noroeste Comprende: En El Departamento Del Chocó El Área Determinada Por La Línea Bahía Solano, Tagachí Y La Frontera Con Panamá8º El Teatro De Operaciones Del Caribe Comprende: La Jurisdicción Terrestre De La Armada Nacional En El Litoral Atlántico Y El Mar Caribe, Exceptuando Los Países Continentales E Insulares Con Sus Mares Territoriales, No Involucrados En El Conflicto9º El Teatro De Operaciones Del Pacífico Comprende: La Jurisdicción Terrestre De La Armada Nacional En El Litoral Pacífico, Con Excepción De Las Franjas Costaneras Incluidas En El Tono Y En El Toso, El Océano Pacífico, Exceptuando Los Países Continentales E Insulares Y Sus Mares Territoriales, No Involucrados En El Conflicto10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 14
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