Micelio

Artículo 11

Decreto 2092 de 1985 · por el cual se determina los teatros de operaciones y se nombran unos comandantes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de planeamiento, preparación y conducción de las operaciones militares, nombrase como Comandantes, sin perjuicio de las funciones inherentes al cargo actualmente asignado, a los siguientes Oficiales

a)

Para el Teatro de Guerra, el Comandante General de las Fuerzas Militares;

b)

Para los Teatros de Operaciones Terrestres, el Comandante del Ejército.

c)

Para los Teatros de Operaciones Navales, el Comandante de la Armada Nacional:

d)

Para el Teatro de Operaciones Aéreo, el Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2092 de 1985