DecretoVigente
Decreto 1534 de 1989
Por el cual se asignan unas funciones a los secretarios de las notarías y se dictan otras disposiciones
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Secretarios De Las Notarías Podrán Autorizar Por Delegación Y Bajo La Responsabilidad Del Respectivo Notario, Las Copias Referentes A Las Escrituras Que Conforman El Protocolo Y De Los Folios Del Registro Del Estado Civil Que Reposan En La Misma Notaria, Con Las Limitaciones Establecidas Para Este Último Caso En El Título Xi Del Decreto 1260 De 1970 Y En El Artículo 1º Del Decreto 278 De 19722Para Ser Secretario De Notaria Se Exige Los Mismos Requisitos Establecidos Por La Ley Para Desempeñar El Cargo De Notario De Tercera Categoría3El Nombramiento De Secretario Será Oportunamente Comunicado Por El Notario A La Superintendencia De Notariado Y Registro4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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