Decreto
Decreto 1781 de 1944
Por el cual se reforman los artículos 3o. de la Ley 128 de 1941 y 5o. de la Ley 66 de 1942.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Alfonso LopezEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA en uso de las facultades que le confiere el artículo 117 de la Constitución Nacional
- Alberto LlerasPresidente de la República
- Dario EchandiaEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo RestrepoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Domingo EspineEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Adan Arriaga AndradeEl Ministro de Guerra
- Carlos Sanz De SantamariaEl Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social
- Nestor PinedaEl Ministro de la Economía Nacional
- Antonio RochaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Luis Guillermo EcheverriEl Ministro de Educación Nacional
- Alvaro Diaz SEl Ministro de Correos y Telégrafos