DecretoVigente
Decreto 1047 de 2000
por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créasela Subpartida Arancelaria 98092La Importación De Bienes De Que Trata El Presente Decreto Se Realizará Bajo La Modalidad De Importación Con Franquicia Prevista En El Artículo 35 Del Decreto 1909 De 1992 Y En Las Normas Que Lo Modifiquen, Adicionen O Sustituyan3La Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Exigirá Al Declarante Al Momento Del Levante Del Bien, Una Certificación Expedida Por El Ministerio De Cultura, En La Cual Conste Que El Bien Es Importado Con El Fin De Fortalecer, Estimular E Impulsar El Intercambio, Los Procesos Y Proyectos Culturales Y Que Formará Parte Del Patrimonio Cultural Previo Cumplimiento De Los Requisitos Legales Exigidos Para Dicho Fin, Conforme A Lo Previsto En La Ley 397 De 19974El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo dispuesto en las Leyes 6 de 1971 y 7 de 1991 y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior
- Juan Camilo Restrepo SalazarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Marta Lucía Ramírez De RincónLa Ministra de Comercio Exterior
- Juan Luis Mejía ArangoEl Ministro de Cultura