DecretoDerogado
Decreto 1482 de 1998
por el cual se adicionan y modifican parcialmente los artículo 3° y 143 del Decreto número 1843 de 1991, y se dictan otras disposiciones.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase Al Artículo 3° Del Decreto 1843 De 1991 La Siguiente Definición: Plaguicida Genérico: Es Todo Compuesto De Naturaleza Química Y/O Biológica Para El Control De Plagas En General, Cuya Vigencia De Patente Protegida Para Síntesis O Formulación O Comercialización Y Uso Exclusivo, Ha Expirado2Adiciónase Al Artículo 143 Del Decreto 1843 De 1991 El Siguiente Parágrafo: Parágrafo 3°3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 09 de 1979
- Antonio Gómez MerlanoEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Salud