DecretoVigente
Decreto 34 de 1980
Por el cual se eximen de cursar idiomas extranjeros a alumnos de educación especial
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Exímese De Las Asignaturas De Idiomas Extranjeros, En Los Niveles De Básica Secundaria Y Media Vocacional De Las Diferentes Modalidades De Bachillerato Establecidas En El Decreto Número 1419 De 1978, A Los Estudiantes Que Por Comprobado Diagnóstico Presenten Limitaciones Que Les Dificulten El Aprendizaje De Los Idiomas Extranjeros2La Autorización Para Ser Eximidos De Cursar Las Asignaturas De Lenguas Extranjeras Debe Ser Dada Por La División De Educación Preescolar Y Educación Especial3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición