DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2760 de 1990
por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase El Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital De La Vigencia Fiscal De 1990 En La Cantidad De $ 12Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones3El Gobierno Nacional Reconocerá, Por Concepto De Reposición Parcial De Los Gastos En Que Con Motivo De La Campaña Incurran Los Aspirantes A Integrar La Asamblea Nacional Constitucional, Una Suma Equivalente A Trescientos Pesos ($ 3004El Valor Total De Reposición Será El Que Resulte De Aplicar Este Monto Al Número Total De Votos Válidos Depositados En Favor De Cada Lista De Aspirantes, Para Lo Cual El Importe Total Será Entregado A Quien Figure Como Cabeza De La Respectiva Lista5Los Dineros De Que Trata El Presente Decreto Serán Girados Directamente A Quienes Figuren Como Cabeza De Las Listas Inscritas Para Integrar La Asamblea Nacional Constitucional, De Acuerdo Con La Certificación Que Sobre El Total De Votos Válidos Depositados Expida La Registraduría Nacional Del Estado Civil6Las Personas Que Figuren Como Cabezas De Lista Para Integrar La Asamblea Nacional Constitucional, Podrán Ofrecer Como Garantía Para Avalar Los Créditos Que Obtengan De Entidades Bancarias, Con Destino A La Celebración De La Campaña Electoral Para Su Elección, El Monto Que Estimen Resultare A Su Favor, Como Consecuencia De Aplicar El Valor A Reconocer Por Cada Voto, Por El Número Total De Votos Que Probablemente Obtenga En La Elección7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política y el Decreto 1038 de 1984, y
- Julio César Sánchez GarcíaEl Ministro de Gobierno
- Rodrigo Pardo García-PeñaEl Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores · encargado
- Jaime Giraldo AngelEl Ministro de Justicia
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Oscar Botero RestrepoEl Ministro de Defensa Nacional
- María Del Rosario Sintes UlloaLa Ministra de Agricultura
- Ernesto Samper PizanoEl Ministro de Desarrollo Económico
- Amylkar David Acosta MedinaEl Viceministro de Minas y Energía encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía · encargado
- Alfonso Valdivieso SarmientoEl Ministro de Educación Nacional
- Francisco Posada De La PeñaEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Camilo González PossoEl Ministro de Salud
- Alberto Casas SantamaríaEl Ministro de Comunicaciones
- Juan Felipe Gaviria GutiérrezEl Ministro de Obras Públicas y Transporte