° Las personas que figuren como cabezas de lista para integrar la Asamblea Nacional Constitucional, podrán ofrecer como garantía para avalar los créditos que obtengan de entidades Bancarias, con destino a la celebración de la campaña electoral para su elección, el monto que estimen resultare a su favor, como consecuencia de aplicar el valor a reconocer por cada voto, por el número total de votos que probablemente obtenga en la elección.
Artículo 6
Las Personas Que Figuren Como Cabezas De Lista Para Integrar La Asamblea Nacional Constitucional, Podrán Ofrecer Como Garantía Para Avalar Los Créditos Que Obtengan De Entidades Bancarias, Con Destino A La Celebración De La Campaña Electoral Para Su Elección, El Monto Que Estimen Resultare A Su Favor, Como Consecuencia De Aplicar El Valor A Reconocer Por Cada Voto, Por El Número Total De Votos Que Probablemente Obtenga En La Elección
Decreto 2760 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.