Micelio

Artículo 3

El Gobierno Nacional Reconocerá, Por Concepto De Reposición Parcial De Los Gastos En Que Con Motivo De La Campaña Incurran Los Aspirantes A Integrar La Asamblea Nacional Constitucional, Una Suma Equivalente A Trescientos Pesos ($ 300

Decreto 2760 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno Nacional reconocerá, por concepto de reposición parcial de los gastos en que con motivo de la campaña incurran los aspirantes a integrar la Asamblea Nacional Constitucional, una suma equivalente a trescientos pesos ($ 300.00) moneda corriente, por cada voto válido depositado en favor de cada una de las listas de candidatos inscrita en forma legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2760 de 1990