DecretoVigente
Decreto 2051 de 1997
por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de los exedentes de liquidez de los establecimientos públicos del orden nacional.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Con El Fin De Propender Por El Desarrollo Del Mercado De Los Títulos De Deuda Pública De La Nación, La Dirección Del Tesoro Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Podrá Autorizar Y Reglamentar, Mediante Resolución, Que Los Establecimientos Públicos Del Orden Nacional, Inviertan Total O Parcialmente Sus Excedentes De Liquidez, Originados En Recursos Propios O Administrativos, En Títulos De Tesorería, Tes, Del Mercado Secundario, O En Otros Títulos Valores, En Sustitución De Las Inversiones Primarias En Tes, Reglamentadas Por El Decreto 1013 De 19952Artículo 23El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y la Ley 179 de 1994
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público