DecretoVigente
Decreto 420 de 1979
Por el cual se modifica parcialmente el artículo 49 del Decreto-ley 1042 de 1978
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Inciso Tercero Del Artículo 49 Del Decreto-Ley 1042 De 1978, Quedará Así: El Retiro De Un Organismo Oficial No Implicará La Pérdida De Los Incrementos Salariales Por Antigüedad Cuando El Respectivo Funcionario Se Vincule, Sin Solución De Continuidad, A Cualquiera De Los Organismos Que Integran La Rama Ejecutiva Del Poder Público En El Orden Nacional2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03