DecretoVigencia En Estudio
Decreto 18 de 1958
Por el cual se dictan unas disposiciones de carácter laboral
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Toda Federación O Confederación De Trabajadores Tiene Derecho A Solicitar De Los Patronos Que Del Valor De Las Cuotas Retenidas Al Sindicato, De Acuerdo Con El Artículo 400 Del Código Sustantivo Del Trabajo, Deduzca El Valor De Aquellas Con Que El Sindicato Debe Contribuir A Dichas Organizaciones2La Convención Colectiva De Trabajo Que Celebre Un Sindicato Sólo Se Aplica A Sus Afiliados3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María VillarealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas