Micelio

Artículo 2

La Convención Colectiva De Trabajo Que Celebre Un Sindicato Sólo Se Aplica A Sus Afiliados

Decreto 18 de 1958 · Por el cual se dictan unas disposiciones de carácter laboral

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La convención colectiva de trabajo que celebre un Sindicato sólo se aplica a sus afiliados. Los trabajadores no sindicalizados que quieran beneficiarse de ella deberán pagar al Sindicato durante su vigencia una suma igual a la mitad de la cuota ordinaria con que contribuyen los afiliados a la organización. El patrono deberá retener del valor de los salarios de tales trabajadores la cuota correspondiente. Quedan en estos términos modificados los artículos 470 y 471 del Código Sustantivo del Trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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