DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2832 de 1955
Por el cual se reforma y adiciona el decreto número 0656 del 12 de marzo de 1955
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 28Del Decreto Número 0656 Del 12 De Marzo De 1953, En El Sentido De Que La Suma De Un Millón De Pesos ($ 112Del Decreto Citado En El Artículo Anterior, En El Sentido De Que La Vigencia De Las Sobretasas De Que Trata El Artículo 10 Del Mismo Decreto, Durará Hasta Tanto Que Se Recaude Por Dichos Conceptos La Cantidad De Cinco Millones De Pesos ($ 53Artículo 3
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Firmas
Gobierno Nacional
- General Jefe Supremo Gustavo Rojas PitillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Fomento · encargado
- Brigadier General Gabriel ParísEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura
- Cástor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Gabriel Betancur MejíaEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Contraalmirante Rubén Piedrahita AEl Ministro de Obras Públicas