DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2826 de 1950
por el cual se abren unos créditos adicionales y se hacen unas traslaciones en el presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno -Policía Nacional-, de Justicia, de Hacienda y Crédito Publico, de Guerra, de Obras Publicas y Departamento de Contraloria).
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 38Para Sueldos De Los Empleados De La Presidencia De La República, Así: Presidente De La República, Personal Directivo, Personal Técnico, Personal Auxiliar Y Personal De Administración Y Servicios, En El Año $ 6333Para Atender Al Servicio De Amortización, Intereses, Comisiones Y Demás Gastos De Los Empréstitos Contratados En Libras Esterlinas, Inclusive El Scrip Con Destino Al Pago De Los Intereses Atrasados, Según Convenio De Fecha 5 De Julio De 1943 $ 114Artículo 4
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezEl Presidente de la República de Colombia en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
- Domingo SarastyEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Guillermo Amaya RamirezEl Ministro de Justicia
- Rafael Delgado BarrenecheEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro del Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- José María VillarrealEl Ministro de Comercio e Industrias
- Manuel Carvajal SEl Ministro de Minas y Petróleos
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomas AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas