DecretoVigente
Decreto 14 de 1945
Por la cual se crean las cárceles de los Circuitos Judiciales de Fusagasugá y Belén de Umbría
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créanse, A Partir Del Veintiuno Del Presente Mes, Las Cárceles De Los Circuitos Judiciales De Fusagasugá Y Belén De Umbría En Los Departamentos De Cundinainarca Y Caldas, Respectivamente, Con El Personal Y Asignaciones Que Pasan A Enumerarse: Cárcel Del Circuito De Fusagasugá: 1 Director, Con $ 952Los Citados Establecimientos Se Considerarán Como De Segunda Y Tercera Categoría, Respectivamente Para Los Efectos De La Clasificación De Que Trata El Decreto 2254 De 1943, Reorgánico Del Ramo De Prisiones3La Sección De Contabilidad Y Presupuesto Del Ministerio De Gobierno Hará Los Traslados Presupuéstales Del Caso Con El Fin De Atender A Este Nuevo Servicio
03