° Los citados establecimientos se considerarán como de segunda y tercera categoría, respectivamente para los efectos de la clasificación de que trata el Decreto 2254 de 1943, reorgánico del Ramo de Prisiones.
Decreto 14 de 1945 →Vigente
Artículo 2
Los Citados Establecimientos Se Considerarán Como De Segunda Y Tercera Categoría, Respectivamente Para Los Efectos De La Clasificación De Que Trata El Decreto 2254 De 1943, Reorgánico Del Ramo De Prisiones
Decreto 14 de 1945 · Por la cual se crean las cárceles de los Circuitos Judiciales de Fusagasugá y Belén de Umbría
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.