DecretoVigente
Decreto 1846 de 1990
por el cual se adicionan y modifican los Decretos 2759 de 1979 y 33 de 1990.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase El Artículo 2° Del Decreto 2759 De 1979, Con La Descripción De La Naturaleza General De Las Funciones Para Los Empleos De Que Trata El Decreto Extraordinario 50 De 1990, Así: Código Denominación Y Descripción2Adiciónase Y Modifícase El Artículo 17 Del Decreto 33 De 1990, Así: Código Grado Denominación Y Descripción3El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Su Manual Específico Podrá Exigir Que El Curso Específico, Sea Obtenido En La Escuela Nacional De Impuestos4Los Años De Experiencia Específica Exigidos Por El Desempeño De Los Empleos De Especialista Aduanero Y Técnico Aduanero, Podrán Ser Compensados Por Experiencia Relacionada Adquirida En La Dirección General De Aduanas O En Entidades Que Desarrollen Funciones Afines O Complementarias Con Las Actividades Aduaneras Y De Comercio Exterior5La Capacitación Aduanera Podrá Ser La Impartida De Acuerdo Con Los Currículos Aprobados Por La Subdirección “escuela Nacional De Aduanas” De La Dirección General De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público6El Artículo 14 Del Decreto 33 De 1990, Quedará Así: De Las Equivalencias7El Artículo 16 Del Decreto 33 De 1990, Quedará Así: De La Prohibición De Hacer Equivalentes O Compensar Requisitos8Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Adiciona Y Modifica Los Decretos 2759 De 1979 Y 33 De 1990 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el ordinal 3° del artículo 120 de la Constitución Política y los artículos 11 y 82 del Decreto extraordinario 1042 de 1978
- William René Parra GutiérrezEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil