Micelio

Artículo 5

La Capacitación Aduanera Podrá Ser La Impartida De Acuerdo Con Los Currículos Aprobados Por La Subdirección “escuela Nacional De Aduanas” De La Dirección General De Aduanas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 1846 de 1990 · por el cual se adicionan y modifican los Decretos 2759 de 1979 y 33 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La capacitación aduanera podrá ser la impartida de acuerdo con los currículos aprobados por la Subdirección “Escuela Nacional de Aduanas” de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En ningún caso podrá compensarse el requisito de capacitación aduanera salvo para los actuales funcionarios que desempeñen empleos en los cual se exija este requisito. En el Manual Interno de los organismos se podrán establecer equivalencias especiales respecto del requisito de la capacitación aduanera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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