DecretoVigente
Decreto 1494 de 1982
Por el cual se modifican los artículos 1° y 2° del Decreto número 562 de febrero 24 de 1982
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificase El Artículo 1° Del Decreto Número 562 De Febrero 24 De 1982, En El Sentido Dé Qué Las Fechas Dé La Comisión Conferida A Los Doctores Manuel Guillermo Duque Télléz, Subdirector 21330-15 De La Subdirección General De La Dirección General De Impuestos Nacionales Y Cecilia Martínez Mayorga, Jefe De División 2040-09, De Recursos Humanos De Las Mencionadas Subdirector Y Dirección-Para-'trasladarse Á La Ciudad De Caracas, Venezuela, Con El Fin De' Asistir Al Tercer Seminario Sobre Adiestramiento En La Administración Tributaria Del Centro Interamericano De Administradores Tributarios, Ciat, Son Del 18 De Abril Al 1° De Mayo De 1982, Y No Como Aparece En Dicha Disposición2Modificase El Artículo 2° Del Decreto Número 562 De Febrero 24 De 1982, En El Sentido De Que Al Doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, Subdirector 2030-15 De La Subdirección General De La Dirección General De Impuestos Nacionales, Le Corresponde La Suma De Uss$ 2503El Valor De Les Viáticos Por Los Días Adicionales A Que Se Refiere El Artículo L1° Del Presente Decreto Y La Diferencia Por Concepto De Viáticos Que Le Corresponde Al Doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, Serán Sufragados Con Cargo Al Presupuesto De La Actual Vigencia Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público4Éste Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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