en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO. Que mediante Decreto número 562 de febrero 24 de 1882, se comisionó a los doctores Manuel Guillermo Duque Tellez, Subdirector 2C30-15 de la Subdirección General de la Dirección General de Impuestos Nacionales, y Cecilia Martínez Mayorga, Jefe de División 2040-09, de Recursos Humanos de las mencionadas Subdirección y Dirección del Ministerio de hacienda y Crédito Público, con el fin de que durante el periodo comprendido entre el 20 y el 30 de abril de
Considerando · 4 motivos
Que mediante Decreto número 562 de febrero 24 de 1882, se comisionó a los doctores Manuel Guillermo Duque Tellez, Subdirector 2C30-15 de la Subdirección General de la Dirección General de Impuestos Nacionales, y Cecilia Martínez Mayorga, Jefe de División 2040-09, de Recursos Humanos de las mencionadas Subdirección y Dirección del Ministerio de hacienda y Crédito Público, con el fin de que durante el periodo comprendido entre el 20 y el 30 de abril de 1982 se trasladaran a la ciudad de Caracas, Venezuela, con el fin de asistir al Tercer Seminario sobre Adiestramiento en la Administración Tributaria del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CÍAT;
Que con posterioridad a la expedición del decreto citado, fueron modificadas las fechas para asistir al Seminario mencionado, habiéndose determinado que serían del 18 de abril al 1° de mayo de 1982;
Que en el artículo 2° de dicho Decreto se le fijaron al doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, viáticos a razón de U.S$ 230.00 diarios, con base en un sueldo mensual de $68.500;
Que de conformidad con el Decreto 250 de enero 22 de 1982 el sueldo mensual que percibía el doctor Manuel Guillermo tiuque Téllez era de $ S3.1H.00 y, por lo tanto, le correspondía la suma de US$ 250.00 diarios por concepto de que por lo anterior y previa autorización de la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, se hace necesario modificar las fechas de la citada comisión del 18 de abril al 1° de mayo de 1982 y reajustar a la suma de US$ 250 diarios, los viáticos al doctor Manuel Guillermo Duque Tellez por el término de dicha comisión, con cargo, al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Artículo 1Modificase El Artículo 1° Del Decreto Número 562 De Febrero 24 De 1982, En El Sentido Dé Qué Las Fechas Dé La Comisión Conferida A Los Doctores Manuel Guillermo Duque Télléz, Subdirector 21330-15 De La Subdirección General De La Dirección General De Impuestos Nacionales Y Cecilia Martínez Mayorga, Jefe De División 2040-09, De Recursos Humanos De Las Mencionadas Subdirector Y Dirección-Para-'trasladarse Á La Ciudad De Caracas, Venezuela, Con El Fin De' Asistir Al Tercer Seminario Sobre Adiestramiento En La Administración Tributaria Del Centro Interamericano De Administradores Tributarios, Ciat, Son Del 18 De Abril Al 1° De Mayo De 1982, Y No Como Aparece En Dicha Disposición
Articulo 1° Modificase el artículo 1° del Decreto número 562 de febrero 24 de 1982, en el sentido dé qué las fechas dé la comisión conferida a los doctores Manuel Guillermo Duque Télléz, Subdirector 21330-15 de la Subdirección General de la Dirección General de Impuestos Nacionales y Cecilia Martínez Mayorga, Jefe de División 2040-09, de Recursos Humanos de las mencionadas Subdirector y Dirección-para-'trasladarse á la ciudad de Caracas, Venezuela, con el fin de' asistir al Tercer Seminario sobre Adiestramiento en la Administración Tributaria del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, son del 18 de abril al 1° de mayo de 1982, y no como aparece en dicha disposición.
Artículo 2Modificase El Artículo 2° Del Decreto Número 562 De Febrero 24 De 1982, En El Sentido De Que Al Doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, Subdirector 2030-15 De La Subdirección General De La Dirección General De Impuestos Nacionales, Le Corresponde La Suma De Uss$ 250
° Modificase el artículo 2° del Decreto número 562 de febrero 24 de 1982, en el sentido de que al doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, Subdirector 2030-15 de la Subdirección General de la Dirección General de Impuestos Nacionales, le corresponde la suma de USS$ 250.00 diarios, por concepto de viáticos correspondientes a la comisión al exterior que le fue conferida por el Gobierno Nacional, y no la suma de US$ 230.00 diarios, como aparece en dicha disposición.
Artículo 3El Valor De Les Viáticos Por Los Días Adicionales A Que Se Refiere El Artículo L1° Del Presente Decreto Y La Diferencia Por Concepto De Viáticos Que Le Corresponde Al Doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, Serán Sufragados Con Cargo Al Presupuesto De La Actual Vigencia Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
° El valor de les viáticos por los días adicionales a que se refiere el artículo l1° del presente Decreto y la diferencia por concepto de viáticos que le corresponde al doctor Manuel Guillermo Duque Téllez, serán sufragados con cargo al presupuesto de la actual vigencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 4Éste Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Éste Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.