DecretoVigencia En Estudio
Decreto 275 de 1954
Por el cual se señala el período de los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Período De Los Magistrados De Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial Será De Cuatro (4) Años, Que Empezarán A Contarse El Día Primero (1°) De Febrero De 19542Los Actuales Magistrados De Os Tribunales Superiores, Elegidos Bajo La Vigencia Del Artículo 49 Del Acto Legislativo Número 1 De 1945, Durarán En Ejercicio De Sus Cargos Hasta El Día 31 De Enero Del Presente Año3Este Decreto Rige Desde Su Expedición, Y Suspéndanse Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias
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Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente Coronel Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Guerra
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleo
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Coronel Manuel AgudeloEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas