DecretoVigente
Decreto 1659 de 1939
Por el cual se modifica el marcado con el número 935 de 1936 (abril 29), sobre creación una Sección de personal hospitalizado
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Sección De Personal Hospitalizado Creada Por El Decreto Número 935 De 1936, Dependerá De La Dirección General De Sanidad Y Estará Integrada Por Todo El Personal De Las Fuerzas Militares Que Por Razón De Enfermedad Contraída En El Servicio Ingrese A Cualquiera De Los Hospitales Militares2El Movimiento Del Personal De Esta Sección Se Hará A Solicitud De La Dirección General De Sanidad, Por Medio De Resoluciones Ministeriales, Elaboradas Por El Jefe Del Departamento De Personal, En Las Cuales Se Determinará La Fecha Con Que Deben Causarse Las Novedades Correspondientes3Los Haberes Del Personal Hospitalizado Se Liquidarán Y Pagarán Por Las Contadurías Encargadas Del Hospital Respectivo, Con Cargo Al Presupuesto Del Arma A Que Orgánicamente Pertenezca Cada Individuo4Quedan En Esta Forma Modificados Los Artículos 1º, 2º, 3º Y 4º Del Decreto Número 935 De 1936 (Abril 29)
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