DecretoVigente
Decreto 1015 de 1989
Por el cual se ordena al Ministerio de Desarrollo Económico girar a la Corporación Financiera del Transporte una suma apropiada en la Ley de Presupesto.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el ordinal 11 del artículo 120 de la Constitución Política, y
- Luis Fernando Alarcon MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Arturo Marulanda RamirezEl Ministro de Desarrollo Económico
- Luz Priscila Ceballos OrdoñezLa Ministra de Obras Públicas y Transporte