Micelio

Artículo 1

El Ministerio De Desarrollo Económico Transferirá A La Corporación Financiera Del Transporte S

Decreto 1015 de 1989 · Por el cual se ordena al Ministerio de Desarrollo Económico girar a la Corporación Financiera del Transporte una suma apropiada en la Ley de Presupesto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Desarrollo Económico transferirá a la Corporación Financiera del Transporte S.A., los recursos para atender el pago del subsidio al transporte urbano colectivo, correspondiente al período fiscal comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1989, previos los trámites presupuestales que rigen para tal efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1015 de 1989