DecretoVigente
Decreto 1489 de 1952
Por el cual se reglamenta los Decreto número 2094 de 1949 y 2663 de 1950 en cuanto se relacionan con el Departamento Nacional de Supervigilancia Sindical del Ministerio del Trabajo
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Del Código Sustantivo Del Trabajo O De Lo Que Al Efecto Establezcan Los Estatutos De Las Organizaciones En Conflicto; 7ª Impartir A Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios Y Demás Agentes De La Administración Pública Las Instrucciones Necesarias En Relación Con Las Problemas De Carácter Sindical; 8ª Informar Al Ministro Del Ramo Oportunamente Sobre La Existencia De Problemas Sindicales Y Sugerir El Traslado De Inspectores Del Trabajo A Los Lugrares En Donde La Gravedad De Un Conflicto Así Lo Exija; 9ª Promover, Fomentar Y Realizar Investigaciones Y Estudios Sobre El Incremento De La Sindicalización En Las Masas Trabajadoras Del País, Especialmente En Las Zonas Industriales Agrícolas Y Mineras, Preparando Los Planes Necesarios Para El Cumplimiento De Las Normas Señaladas En Este Decreto, Teniendo En Cuenta Las Normas Prescritas En La Oficina Internacional Del Trabajo Para Esta Clase De Actividades; 103Artículo 34Artículo 45De Este Decreto, Distribuyendo Entre Ellas Las Atribuciones Que Se Le Confieren En El Artículo 2° De Este Decreto6Artículo 6
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