Artículo quinto. El Jefe del Departamento organizará el funcionamiento de las Secciones establecidas en el artículo 1° de este Decreto, distribuyendo entre ellas las atribuciones que se le confieren en el artículo 2° de este Decreto.
Decreto 1489 de 1952 →Vigente
Artículo 5
De Este Decreto, Distribuyendo Entre Ellas Las Atribuciones Que Se Le Confieren En El Artículo 2° De Este Decreto
Decreto 1489 de 1952 · Por el cual se reglamenta los Decreto número 2094 de 1949 y 2663 de 1950 en cuanto se relacionan con el Departamento Nacional de Supervigilancia Sindical del Ministerio del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.