DecretoVigente
Decreto 5 de 1952
Por el cual se organiza el Consejo Superior de la Defensa Nacional
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Consejo Superior De La Defensa Nacional Será Presidido Por El Ministro De Guerra Y Se Compondrá, Además, Por El Comandante General De Las Fuerzas Militares Y Por Cinco Miembros Así: Ministro De Gobierno, Ministro De Relaciones Exteriores, Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Ministro De Correos Y Telégrafos, Ministro De Obras Públicas2Son Funciones Del Consejo Superior De La Defensa Nacional Asesorar Al Gobierno Y Colaborar En El Estudio Y Preparación De Las Medidas Que Requieran La Defensa Y Seguridad De La Nación3El Consejo Acordará Su Propio Reglamento Y Además De Las Reuniones Ordinarias Que Establezca Podrá Ser Convocado A Las Reuniones Extraordinarias Que El Gobierno Estime Convenientes4El Ministro De Guerra Suministrará Todos Los Elementos Necesarios Para El Debido Funcionamiento Del Consejo5Los Gastos Que Ocasione El Presente Decreto Se Cubrirán Con Las Apropiaciones Que Correspondan Al Ministerio De Guerra6Queda Derogado El Decreto Número 2371 De Diciembre De 1943
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