DecretoVigencia En Estudio
Decreto 406 de 1948
Por el cual se dictan medidas fiscales relacionadas con el orden público en el Departamento Norte de Santander
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Autorízase Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Para Hacer Los Traslados Que Sean Necesarios En El Presupuesto Nacional, Con El Fin De Atender A Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Las Medidas Que Se Hayan Tomado O Hayan De Tomarse Como Consecuencia Del Decreto 147 Del Presente Año (Enero 17), Por El Cual Se Declaró En Estado De Sitio El Departamento Norte De Santander2Los Gastos A Que Hubiere Lugar, Serán Autorizados Por El Ministerio De Guerra Y Atendidos Por Los Respectivos Pagadores Sin Necesidad De Control Previo
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- José Antonio MontalvoEl Ministro de Justicia encargado del Ministerio de Gobierno · encargado
- Domingo EsguerraEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José María BernalEl Ministro de Hacienda y Crédito público
- Fabio Lozano YlozanoEl Ministro de Guerra
- Delio Jaramillo ArbelaezEl Ministro del Trabajo
- Pedro Eliseo CruzEl Ministro de Higiene
- Guillermo SalamancaEl Ministro de la Economía Nacional
- Tulio Enrique TasconEl Ministro de Minas y Petróleos
- Joaquín Estrada MonsalveEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente DavilaEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Obras Públicas