DecretoVigente
Decreto 1322 de 1972
Por el cual se señala la cuota de retención cafetera
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Porcentaje De Retención Cafetera Que El Artículo 63 Del Decreto-Ley 444 De 22 De Marzo De 1967 Y Normas Concordantes Autorizan Señalar Al Gobierno, Será Equivalente A 27 Kilos De Café Excelso Por Cada Saco De 70 Kilos Que Se Proyecte Exportar2Derógase El Decreto Número 1274 De Julio 21 De 1972, Por El Cual Se Modificó La Cuota De Retención Cafetera3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03