Decreto
Decreto 52 de 2026
por el cual se crea la planta de empleos de carácter temporal en el Ministerio del Trabajo.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Creación2Provisión De Los Empleos De Carácter Temporal3Distribución: El Ministro Del Trabajo Distribuirá Los Cargos De La Planta Temporal A Que Hace Referencia El Artículo Primero Del Presente Decreto, Mediante Acto Administrativo Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad Y La Justificación De La Planta Temporal4Cumplimiento De Las Funciones5Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y
- Germán Ávila PlazasEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Antonio Eresmid Sanguino PáezEl Ministro del Trabajo
- Mariela Del Socorro Barragán BeltránLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública