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Ley 25 De 1919

Artículo 1

3 incisos

Abrese al Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica un crédito adicional hasta por la suma de ocho mil pesos ($ 8,000), con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO

Artículo 606 bis. Para que por conducto del Ministerio de Agricultura y Comercio se organice y envíe una Misión Comercial a la República de Chile, con la colaboración de la Sociedad de Agricultores de Colombia y de las Cámaras de Comercio de Manízales y Cali, hasta ocho mil pesos $ 8,000

Artículo 606

4 incisos

Artículo único. Abrese al Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica un crédito adicional hasta por la suma de ocho mil pesos ($ 8,000), con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO

Gastos varios

Artículo 606 bis. Para que por conducto del Ministerio de Agricultura y Comercio se organice y envíe una Misión Comercial a la República de Chile, con la colaboración de la Sociedad de Agricultores de Colombia y de las Cámaras de Comercio de Manízales y Cali, hasta ocho mil pesos $ 8,000

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio