DecretoVigente
Decreto 691 de 1986
por el cual se reglamentan los artículos 20 y 96 de la Ley 09 de 1983.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 96 De La Ley 09 De 1983, Y Con Base En La Certificación Expedida Por La Superintendencia Bancaria, La Tasa De Interés Moratorio Para Efectos Tributarios Que Regirá Entre El 1º De Marzo De 1986 Y El 28 De Febrero De 1987, Será Del Cuarenta Y Seis Por Ciento (46%) Anual, El Cual Se Liquidará Diariamente2Para El Año Gravable De 1985 La Tasa De Interés Para Determinar El Rendimiento Mínimo Anual De Los Préstamos En Dinero A Que Se Refieren Las Artículos 20 De La Ley 09 De 1983 Y Lo Del Decreto 353 De 1984, Es Del Diecinueve Por Ciento (19%)3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
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