DecretoVigente
Decreto 2000 de 1992
por el cual se ajusta la tabla de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables originados en la relación laboral o legal y reglamentaria, y se dictan otras disposiciones.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1993, La Retención En La Fuente Aplicable A Los Pagos Gravables Originados En La Relación Laboral, O Legal Y Reglamentaria, Contenida En El Artículo 383 Del Estatuto Tributario, Será La Que Resulte De Aplicar A Dichos Pagos La Siguiente Tabla De Retención En La Fuente: Tabla De Retencion En La Fuente 1993 Intervalos % De Retención Valor A Retener 1 A 3902En El Caso De Trabajadores Que Tengan Derecho A La Deducción Por Intereses O Corrección Monetaria, En Virtud De Préstamos Para Adquisición De Vivienda, El Valor Máximo Que Se Podrá Restar Mensualmente De La Base De Retención Será De Trescientos Sesenta Mil Pesos ($ 3603Los Asalariados Cuyos Ingresos Provenientes De La Relación Laboral O Legal Y Reglamentaria En El Año Inmediatamente Anterior, Hayan Sido Inferiores A Quince Millones Seiscientos Mil Pesos ($ 154Cuando El Asalariado Opte Por La Segunda De Las Alternativas Previstas En El Artículo Anterior, Se Deberán Cumplir Las Siguientes Condiciones: 15El Presente Decreto Rige Desde El Primero (1º) De Enero De 1993
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