DecretoDerogado
Decreto 2373 de 1965
Por el cual se modifica la cuota de retención cafetera
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Cuota De Retención Cafetera A Que Se Refieren El Artículo 37 Del Decreto Legislativo Número 2322 De Septiembre 2 De 1965 Y Normas Concordantes, Será Igual A Una Cantidad De Café Pergamino Equivalente Al Diez Y Seis Por Ciento (16%) Del Café Excelso Que Se Proyecte Exportar, De La Calidad Y Tipo Que Señale La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia2La Cuota Señalada En Este Decreto Se Aplicará A Los Registros O Licencias De Exportación Que Se Expidan Con Base En Contratos De Venta De Café, Registrados A Partir De La Fecha De Este Decreto3Derógase El Artículo 3º Del Decreto Reglamentario Número 553 De Marzo 11 De 1965, Por El Cual Se Modificó La Cuota De Retención Cafetera4El Presente Decreto Rige A Partir Del Día Siete (7) De Septiembre De Mil Novecientos Sesenta Y Cinco (1965)
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