DecretoVigente
Decreto 122 de 1989
por el cual se dictan normas en materia de Compañías de Seguros y Reaseguros de vida y Sociedades de Capitalización.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Autorízase A Las Compañías De Seguros De Vida, De Reaseguros De Vida Y A Las Sociedades De Capitalización Para Computar Como Parte De Las Inversiones Obligatorias De Sus Reservas Técnicas, A Que Se Refiere El Decreto 2165 De 1972 Y Normas Que Lo Adicionen O Reformen, En Particular Los Decretos 1879 Y 1880 De 1979, Las Inversiones Que Efectúen En Bonos De Refinanciación Del Instituto De Crédito Territorial, Que Hayan Sido Adquiridos Por Lo Menos Con Un Año De Anterioridad, Lo Mismo Que Los Intereses Causados Y No Pagados Desde El 1º De Enero De 1989 A Dichas Entidades Por Parte De Ese Instituto Por Concepto De Sus Inversiones En Bonos De Vivienda Popular2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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