DecretoDerogado
Decreto 315 de 1983
Por el cual se dictan normas sobre salarios para unos empleos administrativos del sector educativo oficial
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjanse Las Siguientes Asignaciones Mensuales Para El Personal Que A Continuación Se Determina: A) Para Los Delegados Del Ministerio De Educación Nacional Ante Las Fondos Educativos Regionales, La Asignación Básica Que Les Corresponda, Más Un Veinte Por Ciento (20%) De Dicha Asignación2A Los Pagadores Y A Los Empleados Que Cumplan Las Funciones De Secretario General De Los Establecimientos De Enseñanza Secundaria Que Tengan Minino Noveno Grado Y Media Vacacional, Si Atienden Tres (3) Jornadas Se Les Reconocerá Adicionalmente El Valor De Diez (10) Horas Semanales Y Máximo Cuarenta (40) Horas Mensuales3A Los Rectores, Jefes De Programa, Pagadores Y Empleados Que Cumplan Las Funciones De Secretario General De Establecimientos Oficiales De Educación Superior No Universitario; Si Atienden Tres (3) Jornadas Se Les Reconocerá Adicionalmente El Valor De Diez (10) Horas Semanales Y Máximo Cuarenta (40) Horas Mensuales4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Artículos 5°, Letras K) Y L) Y 6 Del Decreto 269 De 1982 , Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1°de Enero De 1983
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